Muchas empresas creen que cuando enfrentan problemas financieros severos, el concurso de acreedores es la única opción. Pero no tiene que ser así. Antes de llegar a esa situación extrema, existen estrategias de
reestructuración financiera que pueden salvar tu negocio y devolverlo a la rentabilidad.
En Fimax Asesores, analizamos en detalle la situación financiera de tu empresa y diseñamos un
plan de reestructuración a medida
para evitar el colapso y garantizar su continuidad. Es el camino ideal para una reestructuración de la plantilla para poder hacer cambios en la organización.
✔ Análisis contable y financiero exhaustivo
✔ Optimización de costes y recursos
✔ Reestructuración de deuda
✔ Asesoramiento con expertos legales y fiscales
✔ Implementación de nuevas estrategias de negocio
✔ Búsqueda de nuevas fuentes de financiación
El concurso de acreedores ha demostrado ser la única herramienta eficaz que protege al empresario en situaciones de insolvencia.
La Ley Concursal regula un procedimiento para negociar con los acreedores a efectos de alcanzar acuerdos que permitan la continuidad del negocio, previendo quitas y esperas a través de un convenio, el cual puede plantearse incluso previamente al concurso de acreedores (preconcurso de acreedores).
En caso de que la situación de la empresa no permita llegar a acuerdos con los acreedores, la Ley Concursal establece un mecanismo legal para la liquidación ordenada de la compañía y el pago de las deudas con el activo de la sociedad, si lo hubiera.
Si estás en esta situación, nosotros podemos ayudarte.
Nosotros te ayudamos a tomar el control total de tus finanzas, para que puedas enfocar toda tu energía en lo que realmente importa: hacer crecer tu negocio.
¡No dejes pasar esta oportunidad!
El concurso de acreedores es un procedimiento judicial dirigido a empresas y personas físicas en situación de insolvencia (imposibilidad de atender las deudas de manera regular), que busca atender los pagos de manera ordenada y alcanzar soluciones que permitan la viabilidad de la empresa y eviten su quiebra.
Tienen el deber de solicitar el concurso de acreedores los administradores sociales de las empresas en situación de insolvencia, disponiendo para ello con un plazo de 2 meses a contar desde la situación de insolvencia.
En caso de no solicitar el concurso de acreedores en el citado plazo, los acreedores y accionistas podrán solicitar la declaración de un concurso necesario, lo cual suele traducirse en una calificación culpable y condena al administrador social a pagar las deudas de la empresa respondiendo con su patrimonio personal e incluso con el de su familia.
Una vez se declare el concurso, se detendrán las ejecuciones singulares y el devengo de interés de las deudas. Además, se nombrará un administrador concursal, que será el encargado de negociar un acuerdo o liquidar los bienes de la empresa.
Si la empresa no tiene patrimonio o de tenerlo su valor realizable es insuficiente para atender los créditos contra la masa, es decir, que con la liquidación del patrimonio de la compañía se prevea que no van a poder atenderse ni siquiera los gastos propios del concurso, es posible que el Juzgado acuerde la declaración y conclusión simultánea del concurso de acreedores.
Esta figura es lo que se conoce como concurso de acreedores exprés, agilizándose en gran medida el procedimiento concursal.
Depende. Si la sociedad tiene viabilidad y se pretende llegar a un acuerdo con los acreedores, la actividad debe continuar. Si por el contrario la empresa no es viable y se pretende su liquidación concursal, es conveniente cesar la actividad.
Sí, la Ley Concursal prevé un mecanismo previo al concurso de acreedores, conocido como PRECONCURSO DE ACREEDORES, al que puede acogerse cualquier empresa que se encuentre en situación de insolvencia inminente, para en el plazo de 3 meses intentar llegar a un acuerdo con los acreedores y evitar de esta forma tener que solicitar la declaración de concurso de acreedores.
Declarado el concurso de acreedores el administrador concursal liquidará el activo de la empresa y con el importe obtenido pagará a los acreedores hasta donde se alcance.
En la fase de calificación del concurso se analizará y decidirá si el mismo se considera fortuito o culpable. En el primer caso se exonera a los administradores de toda responsabilidad por el estado de insolvencia. En el segundo, si se considera que los administradores pudieron actuar de forma negligente produciendo o agravando la situación de insolvencia de la compañía, el Juzgado puede acordar su inhabilitación o derivación de las deudas, por eso es muy importante estar bien asesorado a lo largo del proceso.
El concurso de acreedores finaliza al cumplimiento del convenio de acreedores o, en la mayoría de casos, con la liquidación del patrimonio de la concursada, extinguiéndose con ello la sociedad y sus deudas no satisfechas.
En Fimax Asesores contamos con un equipo de administradores concursales, abogados y economistas de contrastada experiencia, que con su trabajo en equipo intentarán conseguir el mejor resultado para su situación.